No solo por grietas: Nuevos beneficiarios que no deben pagar el predio en 2025, requisitos

Las autoridades de la CDMX dieron a conocer los nuevos beneficiarios que no deberán pagar el impuesto del predio en 2025, conoce los requisitos.

Actualizado el 17 febrero 2025 19:30hrs 1 minutos de lectura.
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Escrito por: Samuel Aguirre
pago predial
Getty Images

El Gobierno de la Ciudad de México establece algunos grupos vulnerables a los que permite tengan descuentos de hasta 100% del pago del predio , y aunque al principio se estableció que fueran aquellos cuyos hogares tuvieran daños estructurales como grietas, en fechas recientes se dieron a conocer nuevos beneficiarios.

Inicialmente las personas que vivían en CDMX y que su vivienda sufrió daños estructurales por grietas o hundimientos se les aliviaba de esta carga fiscal, ahora serán dos grupos de personas más quienes no deberán pagar el impuesto predial

¿Quiénes no están obligados a pagar el impuesto del predio?

La Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México emitió una resolución para condonar el impuesto predial a los propietarios o poseedores de inmuebles que presenten daños como consecuencia de las obras para construir el Tren Interurbano México-Toluca, conocido como El Insurgente.

Los porcentajes de condonación deberán aplicarse con base en la afectación del hogar en 75% daño medio o 100% daño severo de la condonación del impuesto.

Otro grupo de personas que no deben pagar el predial desde el ejercicio fiscal 2017 a la fecha, son los propietarios o poseedores de inmuebles ubicados en las siguientes colonias de la alcaldía Álvaro Obregón:

  • Primera Victoria
  • Minas de Cristo
  • Cove

Es decir aquellas que presenten daños ocasionados por las obras de ampliación de la Línea 12 del Sistema de Transporte Colectivo Metro.

¿Qué se necesita para tener el beneficio de pago de predial?

Cabe mencionar que para contar con el beneficio, los propietarios deben tener con una Opinión Técnica emitida por la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil (SGIRPC), así como un Dictamen de Seguridad Estructural del Instituto para la Seguridad de las Construcciones de la CDMX.

El trámite para la condonación del impuesto predial deberá realizarse en cualquier administración tributaria antes del 31 de diciembre de 2025, presentando la boleta predial del ejercicio fiscal 2025, junto con los dictámenes.

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