Cuida donde estacionas tu auto, estas son las multas en CDMX

¡Aguas, conductor! Te decimos cuáles son las multas por estacionarse en lugares prohibidos de la CDMX; así como el costo económico de las mismas.

2 minutos de lectura.
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Escrito por: Redacción adn40
Multas por estacionarse en lugares prohibidos de la CDMX
Getty Images

¿Eres de los que se estaciona donde quiere? Ahora tendrás que pensarlo dos veces si no quieres pagar alguna de estas multas, ya que hacerlo en lugares prohibidos te puede hacer acreedor de una cuantiosa suma de dinero; esto de acuerdo al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México (CDMX).

Recuerda que las multas se calculan de acuerdo al valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que este 2022 equivale a 96.22 pesos diarios, esto de acuerdo a datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

¿De cuánto es la multa por estacionarse en lugares prohibidos de la CDMX?

Tener carro conlleva muchas responsabilidades, por ello es importante que consideres estas sanciones a fin de que no tengas que pagar un dinerito extra.

Según especifica el Reglamento de Tránsito capitalino que se publicó en la Gaceta Oficial, algunos de estos lugares prohibidos son:

Señalamientos restrictivos

El Capítulo II de las Normas Generales para la Circulación de Vehículos, Artículo 11, contempla un multa de entre 481.10 y 962.20 pesos equivalente a 5, 7 o 10 veces la UMA; así como un punto de la licencia.

Vías primarias

Estos conductores serán obligados a pagar una multa equivalente a 10, 15 o 20 veces la UMA, entre 962.20 a mil 924.40 pesos; así como un punto de la licencia para conducir.

Estacionarse en doble fila o más

Quien lo haga se le retirarán tres puntos de la licencia de conducir y se harán acredores a una sanción económica de 10, 15 o 20 veces la UMA, entre 962.20 a mil 924.40 pesos.

Vías peatonales y carriles exclusivos de ciclistas

El título Tercero del Uso de la Vía Pública, en su capítulo I, Artículo 30, indica que quienes infrinjan esta disposición serán sancionados con tres puntos a la licencia para conducir, así como una multa de 10, 15 o 20 veces la UMA, es decir de 962.20 a mil 924.40 pesos.

Sobre o debajo de un puente o estructura elevada

En este caso la sanción es de 15, 17 o 20 veces la UMA, es decir, de mil 443.30 a mil 924.40 pesos, así como tres puntos de la licencia para conducir.

Frente a establecimientos específicos

En el Artículo 30 del Reglamento de Tránsito de la CDMX se contemplan multas de entre 15, 17 o 20 veces la UMA, mil 443.50 a mil 924.40 pesos, así como tres puntos de la licencia para quien se estacione frente a:

  • Establecimientos bancarios.
  • Hidratantes para uso de los bomberos.
  • Entradas y salidas de vehículos de emergencia, estacionamientos públicos y gasolineras.
  • Salidas de emergencia y accesos peatonales o vehiculares de centros escolares, concentración masiva, hospitales o centros de salud en general.
  • Rampas peatonales y vehiculares, salvo que se trate del domicilio propio del conductor. Aunque estas tampoco deben invadir la banqueta, impedir la correcta circulación de peatones o áreas restringidas.

Carriles exclusivos para el transporte público

Seguramente esta es una de las multas más comunes, en este caso los conductores podrán hacerse acreedores seis puntos de la licencia de conducir y una sanción equivalente a 20, 25 o 30 UMA, que irá de los mil 924.40 a los 2 mil 886.60 pesos.

Accesos y salidas de estaciones de transporte público

En este punto se incluyen zonas de transporte público como sitios de taxis, zonas de ascenso y descenso de pasaje; para quienes no respeten se les quitarán seis puntos a la licencia de conducir y se les impondrá una multa de 20, 25 o 30 veces la UMA, que irá de los mil 924.40 a los 2 mil 886.60 pesos.

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dps

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