¿Es ilegal que te cobren el agua en los restaurantes? Lo que debes saber

Todo lo que debes saber sobre la normativa en México y la Ciudad de México; entérate de tus derechos y cómo garantizar que el agua potable sea gratuita en restaurantes.

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Escrito por: Paulina Del Rincón
¿Es ilegal que te cobren el agua en los restaurantes? Lo que debes saber
Getty Images

En muchas partes del mundo, es común que los restaurantes cobren por el agua potable, pero en algunos países y regiones, esta práctica puede ser objeto de debate legal. En México, por ejemplo, el tema muchas veces ha generado confusión entre consumidores y comerciantes sobre la legalidad de este cobro. En esta nota, te explicamos lo que debes saber sobre este asunto.

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¿Te pueden cobrar el agua en un restaurante?

En la Ciudad de México (CDMX), la legislación establece que los restaurantes deben ofrecer agua potable de manera gratuita a sus comensales, según lo estipulado en la Ley de Establecimientos Mercantiles.

Además, la Ley General de Alimentación Adecuada y Sostenible, en su Artículo 29, establece que, para fomentar el consumo de alimentos sanos, las autoridades sanitarias deberán verificar que los establecimientos que otorguen servicios de alimentos o bebidas:

  • Garanticen un estándar mínimo de inocuidad alimentaria
  • Ofrezcan agua natural no embotellada, apta para el consumo humano, sin costo para las personas consumidoras
  • Limiten la reutilización de aceites u otras grasas en frituras, de acuerdo con la disposición reglamentaria
  • Limiten la disponibilidad de sal, salvo a requerimiento de las usuarias y los usuarios
  • Ofrezcan opciones de alimentos y preparaciones saludables, nutritivas y apropiadas en su menú.

De esta manera, los únicos casos en los que podrían aplicarse costos serían si un restaurante ofrece agua embotellada o de marcas específicas, pudiendo cobrarse el costo de esta como parte de su menú de bebidas. También, en caso de que el cliente pida agua especial, como mineral o de sabores, que no está cubierta por la provisión gratuita obligatoria.

Por otra parte, los restaurantes están obligados a proporcionar una lista de precios que detalle todas las bebidas y alimentos disponibles en el menú. Esta obligación está respaldada por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) a través de la Ley Federal de Protección al Consumidor y su Reglamento. El Artículo 57 de esta ley establece que los establecimientos deben exhibir a la vista del público la tarifa de los principales servicios ofrecidos, utilizando caracteres claramente legibles.

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