¿Puedo recibir mi Aguinaldo 2023 si estuve de incapacidad en el trabajo?
El aguinaldo se paga en las últimas semanas del año y se puede proporcionar en dos partes o todo en una sola exhibición dependiendo de la empresa.
Antes de que termine el año, todos los trabajadores tienen derecho a recibir el pago del aguinaldo , según establece la Ley Federal del Trabajo (LFT) en el artículo 87.
El aguinaldo se paga en dos partes o todo en una sola exhibición dependiendo de la empresa y muchos trabajadores se cuestionan si el depósito de su aguinaldo se verá afectado si solicitaron alguna incapacidad durante el año.
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¿Puedo recibir mi aguinaldo 2023 si estuve de incapacidad?
Si durante el año solicitaste incapacidad es importante que sepas que tu patrón no tiene derecho a negar o reducir el monto de tu aguinaldo pues la LFT contempla los siguientes casos de incapacidad:
- Maternidad pre y postnatal.
- Permiso de paternidad.
- Incapacidad temporal por accidente de trabajo.
En el caso de los periodos pre y postnatales cuentan como días trabajados para el cálculo del aguinaldo por lo que no te deben reducir tu monto si solicitaste este tipo de incapacidad.
Respecto a los accidentes de trabajo, se consideran como trabajadores en activo durante el periodo que dure la incapacidad temporal por eso los empleados que hayan solicitado esta incapacidad deben recibir su aguinaldo completo.
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¿Qué hacer si no te pagan tu aguinaldo?
Si tu patrón no te paga tu aguinaldo completo porque pediste incapacidad deberás acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Profedet) para realiar la denuncia correspondiente.
Las oficinas d ela Profedet se encuentran ubicadas en Doctor José María Vértiz número 211 en la Colonia Doctores en la alcaldía Cuauhtémoc.
También puedes llamar a los números telefónicos: 59988 2000, 800 9117 877, 800 7172 942 o puedes enviar un correo electrónico a orientacionprofedet@stps.gob.mx.
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¿Cómo calcular el aguinaldo?
Si el trabajador tiene un año o más de servicio el empleador debe recibir de aguinaldo el equivalente a 15 días de salario neto como mínimo. Cabe destacar que el monto de la prestación no aumenta conforme a la antigüedad del empleado.
Mientras que a los trabajadores con menos de un año de servicios se les debe dar la parte proporcional al tiempo laborado.
Para calcular tu aguinaldo deberás dividir el pago quincenal entre los 365 días del año y multiplicar el resultado por el número de días trabajados. Si el empleado esta contratado con un sueldo variable tiene que promediar su ingreso de los últimos 30 días laborables y después realizar las operaciones mencionadas anteriormente.
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