Tu Afore ahora contará con un NIP, te decimos cómo debes tramitarlo

Para evitar la usurpación de identidad, ahora tu Afore tendrá un Número de Identificación Personal (NIP), tal como lo solicitan los bancos actualmente.

2 minutos de lectura.
Compartir:
Escrito por: Samuel Aguirre
ahorro para el retiro, así puedes obtener NIP
Getty Images

Con el propósito de evitar la usurpación de identidad y malas prácticas o engaños en los Sistemas de Ahorro para el Retiro (SAR) ahora tu Afore tendrá un Número de Identificación Personal (NIP), tal como lo solicitan los bancos, así se podrá asegurar que es el empleado quien realiza el trámite sobre dicho recurso.

El NIP será generado por las Empresas Operadoras, el cual se encontrará almacenado en la Base de Datos Nacional del SAR y su principal función es autentificar a los trabajadores para que estos puedan firmar electrónicamente trámites y servicios de su cuenta individual.

La Consar dio a conocer dicho requisito a través del Diario Oficial de la Federación (DOF) de este 7 de agosto y con ello se busca que se asegure el proceso de transición para que los trámites electrónicos puedan realizarse vía remota.

Cabe mencionar que el NIP será un complemento de la firma biométrica para que de esta manera se pueda verificar al trabajador antes de cualquier trámite.

¿Cuál es el escenario y retos de las afores este año?

¿Cómo se obtiene el NIP de la Afore?

La Consar establece que las empresas operadoras deberán implementar mecanismos a través del Portal Web para autenticar la identidad de los trabajadores, además de llevar a cabo las validaciones necesarias que permitan verificar el NIP del trabajador asociado a su CURP, con el fin de que pueda realizar trámites y servicios relacionados con su cuenta individual.

Para esto se necesitan dos pasos:

  • Constatar la voluntad y corroborar la identidad del empleado en los Sistemas de Ahorro para el Retiro, a través de la firma biométrica, el NIP o ambos;
  • Activar su NIP permanente, a partir de su clave temporal

Las empresas operadoras enviarán una clave temporal al teléfono celular o al correo electrónico que el trabajador haya registrado, siempre que primero se cumpla con las validaciones. En caso contrario, no procederá la generación del NIP para el trabajador que lo haya solicitado.

La clave temporal tendrá una vigencia de 15 días hábiles a partir de su generación. Transcurrido este plazo, las empresas operadoras inhabilitarán la clave temporal y le informarán en línea y tiempo real al empleado, a través de mensaje al teléfono celular o correo electrónico.

Se detalla que la administradora deberá informar al empleado, que la clave temporal que se le generará tiene una vigencia de 15 días hábiles por motivos de seguridad y que en dicho plazo, deberá ingresar a la aplicación móvil o al Portal Web para generar el NIP.

Agrega que las administradoras deberán atender a través de atención personalizada en sucursales o los medios que definan las propias administradoras, las solicitudes de transferencia o permanencia de los recursos de su Cuenta Individual de una Sociedad de Inversión a otra.

Concluye que se podrá recuperar el NIP que se generó con anterioridad, cuando sea el caso, para tener acceso a las plataformas digitales.

adn40 Siempre Conmigo. Síguenos en Showcase de Google News y mantente siempre informado.

¡No te pierdas nuestro contenido, sigue a adn40 en Google News!