¿Las deudas ante el SAT se heredan en caso de un fallecimiento?
¿Se heredan? Te explicamos qué ocurre en caso de que un contribuyente fallezca y deja deudas ante el SAT; esto pasará si hay bienes embargados.
Bien dicen que lo mejor que puedes dejar tras la muerte es un camino libre de deudas para tu familia, así como claridad en los trámites y procesos que hiciste ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), es por ello que aquí te explicamos qué ocurre en caso que un contribuyente fallezca y no cumpla con todas su obligaciones o pendientes.
Y si eres de las personas que tienen la duda, y te preguntas ¿si me muero, las deudas ante el SAT se terminan?, aquí te contestamos ya que es probable que algún familiar tuyo haya dejado algunos pendientes antes de su partida.
El SAT da a conocer el listado de disponibilidad de citas para atención presencial en los módulos y oficinas desconcentradas en las 32 entidades del país.
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— SATMX (@SATMX) October 9, 2023
Semana del 9 al 13 de octubre:
Disponibilidad alta 95%
Disponibilidad media 4%
Disponibilidad baja 1% pic.twitter.com/6VoYhxlXui
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¿Qué pasa con mis deudas con el SAT si me muero?
De acuerdo con el SAT, las deudas se heredan, pues cualquiera que sea la etapa en que se encuentran los adeudos del fallecido, no se cancelan cuando el deudor muere, pues el SAT inicia diversas acciones para lograr el cobro de lo que la persona debe.
Los adeudos fiscales forman parte de la herencia que deja el fallecido, consecuentemente el heredero no solo recibe bienes sino también las deudas, incluido los adeudos fiscales que haya dejado
-señala el SAT.
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¿Qué pasa si hay bienes embargados?
Según el SAT 2023, si un familiar fallece, pero le embargaron bienes antes de que muriera, se procederá a rematarlos. Se enajenarán en subasta pública para obtener los ingresos necesarios para cubrir el crédito fiscal a cargo de deudor.
En caso de que a la persona fallecida se le hayan embargado bienes muebles y estos quedaron en poder de un “depositario” (persona designada por la autoridad para tener guarda y custodia de los bienes embargados), el SAT le solicitará que haga entrega de los bienes para su remate.
¿Qué pasa si es una negociación la que fue embargada?
De acuerdo con el SAT, órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), si fue una negociación la que fue embargada, se procederá a nombrar un “interventor con cargo a la caja”, persona encargada de retirar un 10% de los ingresos diarios del negocio y entregarlos al SAT.
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