Cómo cancelar tarjetas de crédito de un familiar fallecido
Es importante dar a conocer a los bancos que el familiar falleció para evitar que las tarjetas de crédito generen intereses
La pérdida de un familiar es de las situaciones más dolorosas que debemos enfrentar; sin embargo, eso también significa supervisar trámites ante dependencias públicas para evitar complicaciones en un futuro, como el cancelar sus tarjetas de crédito.
En caso de que nuestro familiar fallecido haya dejado tarjetas de crédito activas, es sumamente importante dar a conocer a las instituciones bancarias el deceso, pues así se evitará que se generen intereses o las propias cuentas estén vulnerables a clonaciones o fraudes.
Cancela las tarjetas bancarias de tu familiar fallecido
De acuerdo con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) , es necesario que los familiares del titular fallecido investiguen cuál era el manejo que se tenía de las tarjetas de crédito y el estatus general de esta, es decir, si estaba al corriente de sus pagos o contaba con deudas, el monto que debía cubrir, la institución otorgante del crédito para comenzar la cancelación y, lo más importante, los seguros que incluía en caso de su fallecimiento.
Cabe señalar que las cuentas bancarias cuentan con diferentes seguros en caso de que el titular llegue a fallecer.
Asimismo, la Condusef señala que, en caso de que el familiar fallecido haya contado con deudas, estas no se heredan debido a los mismos seguros que se encargar de cubrir el monto a saldar.
¿Qué documentos necesito para cancelar las tarjetas de mi familiar fallecido?
La Condusef señala un listado de documentos para que los familiares de la persona fallecida se encarguen de dar aviso a las instituciones bancarias y se cancelen todas las tarjetas de crédito.
Toma nota:
- Copia certificada del acta de defunción
- Identificación oficial del finado (IFE, pasaporte, etc.)
- Identificación oficial de la persona que presenta la cancelación
- Escrito de notificación por fallecimiento que contenga nombre y cuenta del titular de la tarjeta de crédito
Existen algunas instituciones bancarias, como Banamex, que también solicitan el acta de nacimiento.
Finalmente, la Condusef señala que, en caso de seguir usándolas posterior al fallecimiento del titular, se exigirá el pago las transacciones con cargo a la cuenta.
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MVA