Buzón tributario SAT: Cambian fecha para activarlo y evitar multa de 11 mil pesos
La obligación de activar el Buzón Tributario, de acuerdo con el SAT, es para todas las personas inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), aunque hay excepciones; te contamos.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció una prórroga para que los contribuyentes habiliten su Buzón Tributario, un sistema de comunicación electrónico, a través del cual las autoridades fiscales podrán llevar a cabo notificaciones de cualquier acto o resolución administrativa. Incumplir con esta obligación después de la fecha límite será motivo de sanciones económicas superiores a 11 mil pesos.
El SAT informó que el plazo para tener habilitado el buzón tributario será hasta el 31 de diciembre de 2025.
Para los efectos del artículo 113-G, fracción II de la Ley del ISR y de la regla 3.13.32., el cumplimiento de la obligación de contar con buzón tributario habilitado, será aplicable a partir del 1 de enero de 2026
-se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) este lunes.
Suscríbete a nuestro canal de WhatsApp y lleva la información en la palma de tu mano.
Algunos de los beneficios de activar el Buzón Tributario del SAT son: Notificación electrónica inmediata y personalizada, acceso a información fiscal clave para cumplir con las obligaciones, así como reducción de tiempos en trámites y acceso a programas de beneficios fiscales.
¡Evita problemas con el fisco! Razones por las que el SAT te investiga
Uno de los mayores temores de muchos es tener problemas con el fisco; aquí te decimos las razones por las que el SAT investiga a los contribuyentes.
¿Qué trámites se pueden hacer con el Buzón Tributario del SAT?
- Contabilidad electrónica
- Fiscalización electrónica
- Devoluciones y Compensaciones
- Recurso de revoación en línea
- Consultas y autorizaciones (jurídica)
- Donatarias autorizadas
- Monederos electrónicos
- Sociedades Cooperativas
En este enlace podrás conocer a detalle cada uno de los servicios disponibles del Buzón Tributario.
¿Quiénes están obligados y quiénes no a activar el Buzón Tributario del SAT?
Según la autoridad fiscal, todas las personas registradas en el
Registro Federal de Contribuyentes
(RFC) tienen la obligación de activar el Buzón Tributario, aunque existen algunas excepciones:
- Personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y suspendidas
- Personas morales que ante el RFC estén con situación fiscal suspendidos
- Personas físicas y morales que estén ante el RFC con situación fiscal de cancelados
- Personas físicas que tributen bajo el Régimen de Ingresos por Salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, que hayan obtenido ingresos menores a 400 mil pesos, en el ejercicio inmediato anterior
¿De cuánto es la multa por no activar el Buzón Tributario en 2025-2026?
Según lo establecido en el Código Fiscal de la Federación, en sus artículos 86-C y 86-D, no habilitar el Buzón Tributario o la omisión de registrar y actualizar los medios de contacto puede derivar en multas que van de 3 mil 850 a 11 mil 540 pesos.
Trámites que puedes realizar a través de la Oficina Virtual del SAT
El SAT puso a disposición de los contribuyentes la Oficina Virtual, te decimos cómo puedes agendar una cita y qué trámites puedes realizar.
¿Cómo contactar al SAT para la activación del Buzón del Tributario?
- Ingresar a la página web del SAT: www.sat.gob.mx/
- Dar clic en el botón “Minisitio Buzón Tributario”, que se encuentra en la parte inferior del portal
- Pulsar el botón “Habilita tu Buzón Tributario”
- Iniciar sesión con tu RFC, contraseña y e.firma, en caso de la segunda deberás cargar los archivos .cer y .key
- Una vez que hayas iniciado sesión, deberás agregar un correo electrónico y un número celular
- Te aparecerá un mensaje con la fecha, folio y hora en la que realizaste el registro
- Da clic en imprimir acuse
- En los correos electrónicos que registraste te llegará un aviso de confirmación
- Para concluir el proceso deberás confirmar tanto el (los) correo(s) electrónico(s) como el número de teléfono celular en un plazo no mayor a 72 horas, de lo contrario el sistema cancelará la solicitud de registro de los mismos y tendrás que realizar nuevamente el registro
Para solicitar mayor información o resolver alguna duda puedes llamar a MarcaSAT: 55 627 22 728.
adn40 Siempre Conmigo. Suscríbete a nuestro canal de Telegram y lleva la información en tus manos.