El tiempo límite para tramitar tu pensión si te dieron de baja del Seguro Social
Todos los trabajadores cuya inscripción al Seguro Social haya sido rescindida y deseen tramitar la pensión, tienen un límite para hacerlo y evitar retrasos.
Entre los beneficios que otorga estar inscrito al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSSS) , está el derecho a acceder a un pago que considera parte de las aportaciones hechas durante el tiempo laboral activo. Una de ellas es la pensión, misma que puede tramitarse incluso cuando los trabajadores hayan sido cesados del organismo, siempre y cuando no se exceda el tiempo límite para tramitar la cuota otorgada por este concepto.
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¿Qué tiempo límite hay para tramitar la pensión en el IMSS una vez dado de baja?
El fin de una relación laboral no implica que se perderán los derechos previamente ganados, hablando específicamente de cuando existió una afiliación a organismos como el IMSS. Esto significa que incluso las personas que hayan sido dadas de baja de sus centros de trabajo por motivos puntuales, siguen teniendo una pensión que considera estos casos, poniendo a su disposición un periodo para tramitar este beneficio.
Según la definición de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo , a este lapso se le denomina “tiempo de gracia” y se refiere a las semanas en las que todavía es posible reclamar los diversos adeudos que estén pendientes, sin importar que ya no se esté cotizando ni realizando nuevas aportaciones.
Sobre el plazo máximo para hacer esta solicitud, la Ley del Seguro Social explica que abarca una cuarta parte del tiempo que se estuvo cotizando como derechohabiente activo, tomando como referencia el primer día que se hizo efectiva la baja. Es decir, si se trata de un trabajador que laboró por 20 años inscrito a esta institución, se tienen hasta cinco años después de haber sido dado de baja.
¿Quiénes pueden solicitar la pensión del Seguro Social sin estar inscritos?
El tiempo de gracia para tramitar la pensión antes del límite establecido, tiene como prioridad darle atención a personas que entren en las siguientes categorías:
- Cesantía por edad avanzada.
- Invalidez.
- Viudez.
- Orfandad.
- Invalidez.
El monto total que se incluirá en este pago depende plenamente de aspectos como el salario con el que se estaba inscrito, el tiempo que se realizaron las aportaciones y si no se contaba con otro adeudo previo. Asimismo, es importante considerar que existen otros requerimientos relacionados con la edad para poder tramitar la pensión antes de la fecha límite, los cuales pueden consultarse directamente en el instructivo emitido por el IMSS para los beneficiarios de este concepto.
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