Trámites para los que ya no te piden CURP este 2025
Hace poco, el gobierno de México anunció la simplificación de trámites y aquí te decimos en qué procesos ya no es necesario presentar el CURP.
El gobierno de México dio a conocer que se simplificarían los trámites con el objetivo de agilizar el proceso y entrega de documentos y uno de los que ya no será necesario es la Clave Única de Registro de Población ( CURP ).
El CURP es uno de los documentos que más solicitan al momento de hacer trámites; sin embargo, en algunos casos ya no será un requisito.
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¿Para qué trámites ya no será necesario el CURP?
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que simplificará sus
trámites
y el CURP ya no será un requisito obligatorio para solicitar:
- Inscripción al RFC de personas físicas
- Generación de e.firma
¿Qué documento se pedirá en lugar del CURP?
Ahora, las personas que quieran tramitar su RFC o e.firma deberán llevar su INE vigente y una USB.
Requisitos para tramitar el RFC
De acuerdo con el SAT, para realizar la inscripción al RFC de personas físicas será necesario contar con:
INE vigente
Cabe destacar que anteriormente era necesario realizar una preinscripción en el portal del SAT , CURP, identificación oficial y comprobante de domicilio.
Requisitos para tramitar la e.firma
En el caso de la e.firma, solo será necesario presentar:
- INE vigente
- USB
Anteriormente era indispensable llevar identificación oficial, CURP, correo electrónico, comprobante de domicilio, solicitud de e.firma, archivo de requerimiento y USB.
Cabe señalar que los siguientes trámites se pueden realizar en línea:
- Inscripción al RFC de personas físicas
- Renovación de e.firma
- Constancia de Situación Fiscal
¿Qué es el CURP?
La Clave Única de Registro de Población , mejor conocida como CURP, es un documento que sirve para registrar de forma individual a todas las personas que residen en México, nacionales y extranjeras, así como las mexicanas que radican en otros países.
La clave de 18 elementos contiene un código alfanumérico, 16 son extraídos del acta de nacimiento y los dos últimos son asignados por el Registro Nacional de Población por lo que los caracteres son diferentes en cada persona.
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