Declaración anual 2025: Contribuyentes a los que el SAT no les devolverá saldo a favor

El SAT ha implementado restricciones para aquellos contribuyentes que no podrán beneficiarse de la devolución del saldo a favor en la declaración anual 2025.

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Escrito por: Paulina Del Rincón
Declaración anual 2025
Getty Images

La declaración anual de 2025 trae cambios importantes para los contribuyentes que esperan recibir saldo a favor del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Según la Resolución de la Miscelánea Fiscal para este año, existen criterios específicos que determinan quiénes podrán acceder a esta devolución y quiénes quedarán excluidos.

Es fundamental que los contribuyentes estén al tanto de estas reglas para evitar sorpresas al momento de presentar su declaración.

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Quiénes no recibirán saldo a favor tras hacer la Declaración Anual 2025 del SAT

Existen varios factores que impiden a ciertos contribuyentes recibir su saldo a favor en la declaración anual de 2025. Uno de los principales es si los contribuyentes han obtenido ingresos por bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión durante el ejercicio fiscal anterior.

Además, aquellos que soliciten devoluciones superiores a 150 mil pesos o pretendan la devolución por ejercicios fiscales anteriores al inmediato también quedarán fuera de este beneficio.

Otro de los puntos importantes es el tipo de firma utilizado al presentar la declaración. Los contribuyentes que hayan presentado su declaración con Contraseña cuando estaban obligados a usar la e.firma o e.firma portable no podrán solicitar la devolución.

Asimismo, quienes presenten su declaración fuera del plazo establecido, es decir, después del 31 de julio de 2025, quedarán excluidos de la devolución.

Requisitos para solicitar la devolución de saldo a favor del SAT

En el período indicado, los contribuyentes que sí cumplan con los requisitos establecidos podrán solicitar su saldo a favor. Entre los requisitos se incluyen contar con:

  • Contar con la e.firma vigente.
  • Presentar un estado de cuenta bancario actualizado (no mayor a dos meses) que incluya:

- El RFC.
- La CLABE interbancaria activa.

  • Contar con una identificación oficial vigente.

También es necesario cumplir con las fichas de trámites correspondientes, según el tipo de devolución solicitada. El SAT pone a disposición de los contribuyentes una plataforma para presentar la solicitud de devolución en línea.

Es muy importante seguir todos los pasos correctamente y revisar el estatus de la solicitud a través del portal oficial para evitar cualquier inconveniente en el proceso.

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