¿Por qué razón me pueden dar de baja mi CURP certificada?

En adn40 te decimos la única razón por la que pueden dar de baja la CURP certificada, uno de los primeros documentos que se tramitan al nacer.

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Escrito por: Librado Herrera
Dar de baja mi CURP certificada
Segob

Uno de los documentos más importantes para las y los mexicanos es la CURP certificada, la cual sirve como identificación para las personas que vivan fuera del país, pero ¿se puede dar de baja? y si así fuera ¿en qué casos se puede? En adn40 disipamos estas dudas.

¿Qué es la CURP certificada?

La Clave Única de Registro de Población (CURP) certificada está integrada por un código alfanumérico; 16 de ellos son la primer letra y primer vocal interna del primer apellido, primer letra del segundo apellido, primer letra del primer nombre, año, mes y día de la fecha de nacimiento; género, las dos letras del lugar de nacimiento de acuerdo al código de la Entidad Federativa.

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Después, las primeras consonantes internas de cada uno de los apellidos y nombre y por último, los dos últimos dígitos que son asignados por el Registro Nacional de la Población.

En los últimos meses propusieron que se le agregue a la CURP certificada una foto para reforzar los niveles de seguridad, al tiempo que surge preocupación entre algunos sectores sobre el tema de la privacidad y la utilización indebida de la información personal.

¿Por qué me pueden dar de baja mi CURP certificada?

Solo existe una razón para que una persona pueda ser dada de baja de su CURP certificada y esto es cuando fallece; a pesar de que al momento de que una persona muere se hace entrega de un acta de defunción, es necesario tramitar la baja de este registro.

¿En dónde puedo realizar el trámite de baja de una CURP certificada?

La realización de este trámite es presencial y se deberá acudir al Módulo de CURP más cercano a tu domicilio, para ello se puede consultar el directorio de módulos disponibles aquí .

¿Qué documentos se deberán presentar para realizar el trámite de baja de una CURP certificada, y quién puede realizarlo?

De acuerdo con la Secretaría de Gobierno (Segob),los documentos necesarios enlistados en el trámite para la baja de la CURP certificada dependiendo de la persona que realizará el trámite:

  • Padre o madre de la persona titular de la CURP certificada que se dará de baja: Identificación oficial vigente, documento probatorio de identidad que demuestre la filiación con el finado, en original y copia.
  • Hijo(a) de la persona titular de la CURP certificada que se dará de baja: Identificación oficial vigente, documento probatorio de identidad que demuestre la filiación con el finado, en original y copia.
  • Cónyuge o concubino(a) de la persona titular de la CURP certificada que se dará de baja: Identificación oficial vigente, documento oficial que acredite el matrimonio o la constancia de concubinato (el concubinato debe ser tramitado en vida de la pareja) en original y copia.
  • Hermano(a) de la persona titular de la CURP certificada que se dará de baja: Identificación oficial vigente, documento probatorio de identidad que demuestre la filiación con el finado, en original y copia.

¿Qué sucede en caso de que no se realice la baja de la CURP certificada?

Los beneficiarios de la persona fallecida, no podrán realizar trámites de diferente índole, ante las dependencias de la Administración Pública e Instituciones privadas.

En caso de tener alguna duda, se puede llamar de lunes a viernes, de 08:00 a 16:00 horas, a los números telefónicos: 55 5128 0000 extensiones 15103, 15104, 15690,15692 y 15693 o al 800 911 1111.

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