¿Trabajas días festivos en marzo? Te decimos cuáles se pagan triple
¡Haz valer tus derechos laborales! Si trabajas en los días de asueto obligatorio en marzo, te corresponde un pago triple; te decimos en qué casos aplica.
De acuerdo al calendario cívico, en marzo celebramos el día la Expropiación Petrolera y el natalicio de Benito Juárez, ambos son días festivos, si te toca trabajar estos días, te contamos si deben de pagarse doble o triple, según lo que establece la Ley Federal de Trabajo.
Megapuente de primavera
El megapuente de primavera va del 17 al 21 de marzo, debido a que según el calendario escolar de la SEP, establece que el viernes 17 será utilizado por los docentes para hacer descarga administrativa, mientras que el 20 de marzo se toma como día de asueto por el natalicio de Benito Juárez.
Esto de acuerdo al decreto de los llamados “puentes largos” en los que los festivos obligatorios se trasladan al primer lunes inmediato.
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La Expropiación Petrolera
El 18 de marzo celebramos la Expropiación Petrolera que realizó Lázaro Cárdenas en 1938 con el cual se considera el petróleo como un bien de la nación y se retira de manos extranjeras la maquinaria, instalaciones, refinerías y todo lo relacionado a la industria petrolera, incluyendo a los trabajadores que trabajaban en condiciones deplorables.
Aunque este día es muy importante para México, este se considera festivo pero no de asueto, por lo tanto solo está contemplado como descanso en el calendario escolar.
Aprovecho para invitar porque el día 18 de marzo a las 5 de la tarde, en el Zócalo vamos a conmemorar la #ExpropiaciónPetrolera. Sábado 18 de marzo. Esa gran decisión que tomó el general Cárdenas: @lopezobrador_. pic.twitter.com/KUzPhDTKaW
— SENER México (@SENER_mx) March 3, 2023
¿Cuáles son los días de asueto obligatorio del 2023?
De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo los días de descanso obligatorio para este 2023 son:
1 de enero.
El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero.
El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo.
1 de mayo.
16 de septiembre.
El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
25 de diciembre.
¿Deben pagar triple si se trabaja en días de descanso obligatorio?
El artículo 73 de la ley establece que si el empleado se ve obligado a trabajar, el patrón deberá pagar al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado.
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