¿Cuál es el motivo por el que me pueden quitar mis placas en el Edomex?
Te decimos cuáles son las razones por las que me pueden quitar mis placas Edomex y quienes son las autoridades que tienen derecho a llevar a cabo dicha acción.
Para que tengas cuidado al conducir tu vehículo aquí te decimos cuáles son las razones por las que me pueden quitar mis placas Edomex y quienes son las autoridades que tienen derecho a llevar a cabo dicha acción.
Existen varias razones por las que el Reglamento de Tránsito establece no solo sanciones o la retención de vehículos, sino también quitar las placas de los autos.
Recuerda que de acuerdo con el artículo 118 del Reglamento de Tránsito del Edomex se procederá la retención de cualquier vehículo y a remitirlo de inmediato a un depósito cuando al vehículo le falten ambas placas, o cuando las placas del vehículo no coincidan en números y letras con la calcomanía o la tarjeta de circulación.
Por lo que circular sin placas puede tener serias consecuencias, aquí te decimos cómo debes de prevenirte.
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¿Cuáles son las razones por las que me pueden quitar mis placas en el Edomex?
En el Estado de México se pueden quitar las placas por estos motivos:
- Conducir un auto con placas extranjeras sin acreditar su estancia legal en el país
- Por circular los vehículos con placas de otra entidad que se encuentren vencidas
- Por no portar las placas y calcomanía correspondiente al número de éstas, así como la de emisión de contaminantes.
- Por estacionarse simulando una falla mecánica del vehículo
- Circular sin tener licencia o permiso de conducir.
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¿Quiénes pueden quitarme las placas en el Edomex?
Según el Artículo 125, las sanciones en el Reglamento y en demás disposiciones jurídicas serán impuestas por el agente de tránsito que tenga conocimiento, mismas que deberán constar en la boleta de infracción expedida por la terminal electrónica autorizada por la Secretaría y por los ayuntamientos en el que deben aparecer.
I. Nombre y domicilio del infractor;
II. Número y tipo de licencia o permiso del infractor, así como la entidad que la expidió;
III. Número de placas de matrícula del vehículo y entidad en que se expidió;
IV. Actos o hechos constitutivos de la infracción, así como el lugar, fecha y hora en que se haya cometido;
V. Disposiciones legales que las sustentan; y
VI. Nombre y firma del agente de tránsito que levante la infracción.
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