SAT: Si te depositan 15 mil pesos en efectivo, hay una confusión común
El impuesto a los depósitos en efectivo involucra al Servicio de Administración Tributaria (SAT); debido a regulaciones previas, suele prestarse a confusión
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dispone de una normativa muy estricta cuando se trata de impuestos y uno de los temas que siempre causa confusión es qué pasa con los depósitos en efectivo.
Según un documento de archivo, una de las preguntas más frecuentes era: ¿Una persona que recibe pagos por salario a través de depósitos en efectivo mayores a 15 mil pesos en un mes tiene la obligación de pagar el IDE? En ese documento, el SAT respondía que sí, por lo que muchos aún creen en esta normativa.
El IDE es el impuesto a los depósitos en efectivo (IDE) y siempre causa confusión. Empezó a cobrarse en 2008 con la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, pero esta se abrogó a partir del 1 de enero de 2014.
La ley anterior establecía que las personas físicas y morales que recibieran depósitos en efectivo que excedieran los 15 mil pesos al mes estaban obligadas a pagar el impuesto a los depósitos en efectivo, aplicando la tasa del 3% al importe que excediera ese monto. No obstante, su vigencia acabó el 31 de diciembre de 2013, de acuerdo con un comunicado del gobierno de México.
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¿Qué pasa realmente con los depósitos en efectivo?
En el artículo 55, fracción IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, “se establece la obligación para las instituciones de informar al SAT, anualmente, a más tardar el 15 de febrero, los depósitos en efectivo que se realicen en las cuentas abiertas a nombre de los contribuyentes”.
Esto es cuando el monto mensual acumulado por estos depósitos en efectivo que se realicen en todas las cuentas de las que el contribuyente sea titular en una misma institución exceda los 15 mil pesos, así como de todas las adquisiciones en efectivo de cheques de caja.
¿Cuándo sí se paga impuestos por los depósitos en efectivo?
- En caso de depósitos de ingresos no declarados.
- Si la autoridad fiscal ejerce sus poderes de comprobación.
- Si el contribuyente no sustenta en su contabilidad el registro de los depósitos bancarios. De manera que el fisco pueda asumir que los depósitos son ingresos de actos o actividades por las que se tengan que pagar contribuciones.
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¿Te vigila el SAT si depositas la tanda?
Algo muy importante de aclarar es que es falso que el SAT cobre impuestos por depósitos en efectivo realizados en instituciones bancarias. Esos que se hacen para gastos, pagos, tandas o préstamos no se les vigila ni se les cobra.
Como se mencionó, si en alguna de las 10 mil auditorías que hace cada año encuentra alguna irregularidad no declarada o incongruencias entre los gastos o ingresos, entonces podría solicitar la información de los depósitos a las instituciones financieras para evitar el fraude fiscal.
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