Acuerdan CNBV y bancos diferir créditos por contingencia de COVID-19

Las medidas que ayudarán a mitigar los efectos económicos que ha provocado el virus

Actualizado el 09 julio 2020 13:04hrs 1 minutos de lectura.
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Escrito por: Redacción adn40
Probable contagiada de COVID-19
ERNESTO ÁLVAREZ/NOTIMEX

Con el objetivo de mitigar los efectos económicos derivados de la contingencia por el COVID-19, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores emitió criterios contables temporales, aplicables a instituciones de crédito, respecto de los créditos al consumo, de vivienda y comerciales, para los clientes cuya fuente de pago se encuentre afectada por esta contingencia.

Las medidas especiales se dan en respuesta a la solicitud de autorización de las instituciones de crédito del Sistema Financiero de México, para que estas lleven a cabo la implementación de diversos programas dirigidos a los acreditados afectados.

El apoyo consistirá en el diferimiento parcial o total de pagos de capital e intereses hasta por 4 meses, con posibilidad de extenderlo a 2 meses adicionales, respecto a la totalidad del monto exigible incluyendo los accesorios.

Los saldos se podrán congelar sin cargo de intereses. Lo anterior, resultará aplicable siempre y cuando el crédito se encuentre clasificado como vigente al 28 de febrero de 2020.

El apoyo podrá aplicar a los créditos a la vivienda con garantía hipotecaria, créditos revolventes y no revolventes dirigidos a personas físicas, tales como: crédito automotriz, créditos personales, crédito de nómina, tarjeta de crédito y microcrédito; así como para los créditos comerciales dirigidos a personas morales o personas físicas con actividad empresarial en sus diferentes modalidades, incluidos los agropecuarios.

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