Cinco puntos clave para entender las consecuencias de la aprobación de la reforma al Poder Judicial
En medio de un cambio de sede y disputas con manifestantes, el Senado aprobó la reforma al Poder Judicial; le toca a los congresos locales el siguiente paso.
Durante las primeras horas del miércoles 11 de septiembre, el Senado de la República aprobó por mayoría de votos la reforma al Poder Judicial que envió el presidente Andrés Manuel López Obrador ( AMLO ) al Congreso de la Unión el pasado mes de febrero.
El siguiente paso en el proceso legislativo es la discusión y posible aprobación en los Congresos locales, por lo que han aún quedan un par de días previo a que pueda entrar en vigor.
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Se concretó el gran riesgo para la democracia, Senado avala en lo general la reforma al Poder Judicial
Tras una larga jornada y pese a la resistencia ciudadana en la sede del Senado de la República, esta madrugada fue aprobada en lo general la reforma al Poder Judicial.
Cinco claves para entender la reforma al Poder Judicial
Ante la inminente publicación de los cambios en el andamiaje jurídico, la incertidumbre por la publicación creció, por eso te mostramos los cinco puntos que debes de conocer sobre esta nueva reforma:
- Elección por voto popular de ministros, magistrados y jueces
Uno de los puntos más cuestionados de la reforma que propuso López Obrador es la elección popular de los cargos de ministro, magistrados y jueces, debido a que era el único poder del Estado que no se sometía a los sufragios.
De acuerdo a lo que explica la propia ley, se someterán a votación mil 688 cargos, de los cuales 21 serán federal y el resto se repartirán entre las 32 entidades federativas.
En este mismo punto existe una controversia y son los jueces sin rostro, mismos que impartirían justicia en casos de narcotráfico o alta violencia, esto con el fin de perservar su seguridad e independencia.
- Las fechas de elecciones
Los cambios no tardarían en verse reflejados en el actuar del Estado, puesto que se prevé que en 2025 se lleven a cabo la elección para la conformación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), así como la mitad de jueces y magistrados de distrito.
En tanto, el resto de la conformación del Poder Judicial será elegida en 2027, es decir, durante año electoral.
- Reducción de ministros de la SCJN
Otro de los cambios que se propuso es la reducción de integrantes en la Sala Superior de la Suprema Corte, pues pasarán de 11 a nueve y se mantendrán en el cargo por 12 años, ya no serán 15 como actualmente se estipula.
Además, se eliminarán las dos salas que conforman al máximo tribunal del país. La Corte ahora sólo sesionará con el pleno.
Para ser ministro de la Corte se eliminará el requisito de ser mayor a 35 años, tener experiencia de 10 años en el litigio y no haber ocupado cargos de elección previo a su postulación. Incluso, se eliminaá la pensión vitalicia.
- Sustitución del Consejo de la Judicatura Federal
Por años, el Poder Judicial contaba con el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) como órgano de administración y vigilación; sin embargo, éste ya no existirá. Se eliminarán dos puestos del órgano superior de éste, pasando de siete a cinco.
- ¿Crisis en el país?
Debido a los cambios tan profundos que se avecinan es que han comenzado las dudas e incertidumbre sobre el futuro del país. Y es que desde la aprobación en la Cámara de Diputados, el peso se ha despreciado, fortaleciendo al dólar estadounidense.
Aunado a lo anterior, empresas calificadoras, naciones y empresas han mostrado su preocupación por lo que pasa en México, ya que consideran que se estaría violando la independencia de los poderes.
¿Qué sigue para la reforma judicial tras la aprobación del Senado?
📌 Después de ser aprobada por el Senado, la #ReformaAlPoderJudicial deberá ser avalada por al menos 17 de los congresos de los estados para poder emitir la declaratoria de constitucionalidad. Conoce más detalles. 👇 pic.twitter.com/n84rbcEDlS
— Senado de México (@senadomexicano) September 11, 2024
Una vez que fue aprobado el dictamen, por lo menos 17 congresos locales deben de aprobar la reforma para que ésta pueda ser publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) por el presidente.
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